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Guía para exentar el pago de ISR de una casa

  • Foto del escritor: Luis Rocha
    Luis Rocha
  • 11 abr 2022
  • 4 Min. de lectura

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¿Sabías que al comprar una propiedad debes realizar el pago de cierto impuesto? Si aún no conoces de qué se trata y cómo puedes exentar el pago de ISR de una casa, esta información te interesa.

Recuerda que todo proceso de compraventa de un inmueble implica el pago de impuestos tanto para el comprador como para el vendedor.

Sin embargo, algunos de ellos como el Impuesto Sobre la Renta (ISR) puede exentarse, siempre y cuando se cumplan ciertas normas y se cuente con documentos expedidos al momento de la compra. ¿Qué es el ISR ?

Antes que nada, es importante que sepas que se trata de un impuesto federal. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se aplica a los ingresos obtenidos que incrementan el patrimonio de un contribuyente como:

  • Salarios

  • Arrendamiento de inmuebles

  • Construcción

  • Venta de inmuebles

  • Actividades artísticas, deportivas o espectáculos públicos

  • Ingresos por comercialización o fabricación

  • Premios económicos

No obstante, el ISR considera algunas excepciones en su cobro como con las herencias o donaciones.

ISR al vender una casa

Cuando una persona obtiene ingresos por la venta de un inmueble debe pagar el ISR correspondiente, el cual puede llegar a ser hasta del 35%.

En muchos casos es el propio notario ante el que se realiza la compraventa, quien retiene el impuesto junto con los gastos de escrituración.

El monto a pagar puede variar dependiendo del valor de avalúo, sin embargo, existen algunos casos en los que es posible exentar el pago del ISR o deducir gastos que se restan a la ganancia por la venta del inmueble y como resultado pagar un impuesto menor.

Para saber si puedes acceder a este beneficio hemos preparado para ti la guía para exentar o deducir el ISR al vender tu casa:

¿Cómo exentar el ISR en la venta de una casa?

El principal requisito para evitar el pago de dicho impuesto es que el propietario o el vendedor no hayan vendido algún otro bien durante los tres años anteriores.

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En cuanto a los ingresos, se encuentran exentos los obtenidos por la venta de casa habitación hasta por un monto equivalente a 700,000 Udis, es decir, un aproximado a cuatro millones de pesos.

Además, es necesario acreditar la propiedad con documentos oficiales que demuestren que la casa en su momento fue del vendedor, esto mediante comprobantes de domicilio.

Para poder exentar el pago de una propiedad se deben presentar:

  • Compruebe que la casa o departamento a vender haya sido domicilio del vendedor

  • La propiedad debe contar con un uso de suelo habitacional, es decir, no puede ser solo terreno

  • Comprobantes fiscales del pago de luz que deberán estar a nombre del contribuyente, descendientes o ascendientes en línea recta

  • Comprobante fiscal del pago de telefonía fija, de igual forma, a nombre del vendedor o familia directa

  • Estados de cuenta bancaria o departamentales que indiquen la dirección del inmueble

  • Credencial del INE

Aunque la Ley no especifica cuántos comprobantes serán requeridos, es posible que se soliciten comprobantes de dos a seis meses anteriores a la fecha de venta.

Deducción del ISR

De acuerdo con el Colegio Nacional del Notariado Mexicano, en caso de no poder exentar el impuesto por superar el monto establecido por la ley o al no ser la casa habitación del contribuyente, podrán deducirse algunos conceptos que tomará en cuenta el notario para calcular el ISR correspondiente.

Para hacerlo se deberá entregar al notario facturas por ciertos conceptos. Cabe destacar que algunas facturas deben ser solicitadas al momento de la compra y otras durante el tiempo que se habita el inmueble, y que no podrán recuperarse más adelante.

  • Costo comprobado de adquisición. (Lo que al vendedor le costó adquirir el inmueble). Se acredita, para inmuebles adquiridos antes de abril de 2014, con la escritura correspondiente. Y a partir de entonces, con un complemento de la factura del notario (CFDI) con información de cuándo se adquirió de una persona física. Es muy importante asegurarse de contar con la factura del notario desde la compra del inmueble, pues de lo contrario no podrá deducirse al momento de la venta.

  • Inversiones en construcciones, mejoras y ampliaciones. Se acreditan con las facturas correspondientes con el aviso de terminación de obra o con un avalúo (en este último caso solo al 80%). La recomendación aquí es siempre contar con las facturas en regla y dar todos los avisos para evitar algún problema en el futuro.

  • Gastos notariales. Estos se acreditan con la factura correspondiente

  • Comisiones y mediaciones. Se refiere a la cantidad que se le paga a los mediadores o “corredores” inmobiliarios. Como decíamos, para deducir estos gastos deberá exigirse una factura al momento de la compra; si no se cuenta con ella, no habrá deducibilidad de este concepto.


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Como puedes ver, es recomendable preguntar al notario todo lo relacionado con la exención y deducción del ISR desde la adquisición del inmueble, pues al momento de la compraventa tal vez ya no se puedan conseguir los documentos necesarios.

Finalmente, recuerda que si no lograste exentar el impuesto deberás presentar tu declaración anual, sin importar que no trabajes o nunca la hayas hecho; es importante que manifiestes este ingreso.

Ahora que conoces esta información utilízala para mantener tu situación fiscal sana. Si estás buscando vender tu propiedad en PropertyCrest te ayudamos a realizarlo.

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